Revista del IEEM
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Se abren puertas al futuro del trabajo

El programa ‘Yo estudio y trabajo’ de la Dirección Nacional de Empleo existe en nuestro país hace más de una década. Ejecutándose siempre desde la órbita pública, este programa ha permitido exitosamente que miles de jóvenes estudiantes tomen su primer contacto con el mundo laboral, beneficiando su desarrollo profesional e intelectual.

Afortunadamente, para empresarios y beneficiarios del programa, a partir de 2024 las empresas particulares también podrán participar empleando a jóvenes estudiantes, percibiendo ciertos beneficios por ello y causando un impacto social positivo. Esto se debe a que en 2023 se lanzó por primera vez, en ocasión de la rendición de cuentas, el programa ‘Yo Estudio y Trabajo’ para empresas privadas.

El propósito de este lanzamiento es mejorar la conexión entre la educación y el empleo, proporcionando a estudiantes jóvenes una oportunidad de trabajo formal como parte de su formación. Es, sin duda, una medida innovadora y eficaz ya que a partir de ahora los jóvenes también podrán acceder a una oportunidad de trabajo en el área privada, capacitándose y aprendiendo todo lo que implica trabajar en ese tipo de compañías.

Ahora bien, ¿en qué consiste el programa? Se busca que jóvenes estudiantes sin experiencia laboral accedan al mercado para tener su primera experiencia mientras continúan sus estudios. Para poder inscribirse en el programa los jóvenes deben cumplir con los siguientes requisitos: ser estudiantes al momento de la inscripción y durante el tiempo que se encuentren empleados (se les exigirá la presentación de constancias de estudio), no podrán tener actividad registrada como trabajador ni una empresa a su nombre, no podrán tener una experiencia laboral mayor a 90 días en los últimos dos años y tampoco podrán tener ningún vínculo de parentesco con los titulares de la empresa contratante.

Ejecutándose siempre desde la órbita pública, el programa ‘Yo estudio y trabajo’ ha permitido exitosamente que miles de jóvenes estudiantes tomen su primer contacto con el mundo laboral, beneficiando su desarrollo profesional e intelectual.

Por otra parte, existen interesantes beneficios para las empresas que formen parte del programa como empleadoras. El Ministerio de Trabajo subsidiará el 80 % de la remuneración de cada joven contratado (este subsidio tendrá un tope de $ 15 000 mensuales). Para el caso de que la empresa emplee personas con discapacidad, el subsidio puede alcanzar el 100 % de la remuneración (manteniendo el mencionado tope). En todos los casos, el sueldo deberá ser acorde con el laudo de la categoría en la que se encuentre el trabajador. El subsidio correspondiente a los salarios será percibido por las empresas mediante un crédito en BPS para la cancelación de obligaciones. En caso de que la empresa decida seguir empleando al joven después de la conclusión del período de contratación inicial, se otorgará una exoneración de los aportes jubilatorios patronales asociados a dicha contratación hasta que el joven cumpla 25 años.

Para formar parte del programa, las empresas deberán cumplir ciertos requisitos, en primer lugar, deberán registrarse en la plataforma Vía Trabajo del Ministerio de Trabajo, y, posteriormente, completar el denominado “formulario de adhesión”. Asimismo, es excluyente que las empresas cuenten con al menos una persona empleada en la plantilla permanente y estén al día con el pago a los organismos de seguridad social (DGI, BPS y MTSS); las empresas no podrán haber realizado despidos ni envíos al seguro de desempleo en la categoría laboral en la que entrará el joven en los 90 días previos al ingreso, con excepción de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato; no podrán aplicar al programa las empresas suministradoras de personal y el tope de contratación será del 20 % de la plantilla permanente de la empresa.

Existen interesantes beneficios para las empresas que formen parte del programa como empleadoras.

En el caso de que la empresa cumpla todos los requisitos y sea seleccionada como empleadora en el marco del programa, se deberá tener presente que el contrato laboral necesariamente debe tener las siguientes características. La duración será de seis o 12 meses, por lo tanto, el correspondiente periodo de prueba podrá ser de 45 o 90 días consecutivos, respectivamente. Otra característica será que la carga horaria semanal debe ser de 20 horas sin excepciones (no está permitido una carga horaria menor y las horas extra no podrán ser autorizadas bajo ningún concepto). Esas 20 horas semanales se distribuirán en cuatro horas diarias, las cuales se cumplirán de forma continua durante el horario habitual de la empresa. El horario designado deberá considerar las obligaciones académicas del trabajador ya que es imperativo que el joven esté inscripto en un centro educativo y asista regularmente a clases para mantener su participación en el programa.

Cabe mencionar que las empresas empleadoras serán responsables de efectuar evaluaciones, valorando específicamente tres tipos de competencias: compromiso, trabajo en equipo y adaptación al cambio. Las evaluaciones serán realizadas por medio de un formulario digital a la mitad y al final de la experiencia laboral.

Para concluir, la extensión del programa ‘Yo Estudio y Trabajo’ a empresas privadas no solo brinda a los jóvenes una invaluable experiencia laboral, sino que también representa una gran oportunidad para las empresas. Al participar en este programa, las empresas pueden no solo satisfacer sus necesidades de personal, sino también contribuir al desarrollo de la próxima generación de profesionales capacitados y comprometidos.

Autor

Integrante del Estudio Jurídico Scelza & Montano

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