Revista del IEEM
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Los operadores le dieron la bienvenida a las SAS

A comienzos de 2020, la sociedad por acciones simplificadas (SAS) pasó a integrar el variado elenco de opciones de formas jurídicas que ofrece el sistema jurídico uruguayo para desarrollar emprendimientos económicos.

El objeto de esta nota es analizar cómo fue recibida la SAS por los operadores. La aprobación de la ley que creó las SAS fue un paso importantísimo. Pero el hecho de que se aprobara no aseguraba —en absoluto— que los usuarios comenzarían a utilizar las SAS para sus negocios.

Antes de entrar en el comportamiento de los usuarios, merece la pena comentar que, a los pocos meses de la entrada en vigencia de la ley, ya se habían dictado las normas e implementado los procesos administrativos necesarios para que los usuarios pudieran comenzar a constituir SAS. Los tiempos que se manejaron en este proceso de implementación denotan una muy buena recepción de las SAS por parte de los actores institucionales.

La aprobación de la ley que creó las SAS fue un paso importantísimo. Pero el hecho de que se aprobara no aseguraba —en absoluto— que los usuarios comenzarían a utilizar las SAS para sus negocios.

¿Cómo accedimos al comportamiento de los operadores que se enfrentaron a la elección de una forma jurídica para desarrollar un emprendimiento? Hicimos un pedido de acceso a la información pública a la DGI con la solicitud del número de inscripciones en el período que va de enero a julio de 2020, de las siguientes formas jurídicas: SA, SRL, SAS, sociedad colectiva, sociedad de capital e industria, sociedad en comandita por acciones, sociedad en comandita simple, sociedad en comandita por acciones, sociedad de hecho y empresa unipersonal.

En respuesta a lo solicitado, la DGI brindó la información que se resume en el cuadro 1.

Cuadro 1 - Información de inscripciones en DGI, enero-julio de 2020.

Como se advierte, en el período que va de enero a julio de 2020, se inscribieron 750 SAS, lo que representa una cifra significativa. En efecto, nótese que en dicho período se inscribieron más SAS que SRL, que tradicionalmente era el tipo societario más popular en nuestro país.

En el período consultado, la SA fue el tipo societario más utilizado, como se visualiza más claramente en el gráfico 1.

SA, SRL, SAS (enero - julio 2020)

Vale la pena detenerse un instante para analizar la tendencia, en la que parece que la SAS se va consolidando con el pasar de los meses. En efecto, la SAS fue el tipo societario que tuvo más inscripciones en DGI en los meses de abril, mayo, junio y julio de 2020.

De todas formas, no hay que perder de vista que 2020 ha sido un año muy particular. La pandemia generó una importante distorsión en la atención a los usuarios por parte de las entidades públicas que intervienen en el proceso de constitución de una sociedad comercial. No se puede descartar que esta circunstancia haya sido un factor de incidencia en la elección de la forma jurídica. En este sentido, no parece prudente considerar el comportamiento de los operadores en estos primeros meses como un patrón estable e irreversible.

Por otro lado, hay que tener presente que todavía falta mucho camino por recorrer. No se puede perder de vista que la SAS supuso un cambio importante en la forma en que se entendían ciertos conceptos tradicionales del derecho societario. Este cambio —hasta cultural— requiere de un tiempo prudencial para que decanten las ideas y se afirmen las posiciones doctrinarias, administrativas y jurisprudenciales.

Por último, conviene recordar que aún no se implementó el Proyecto SAS Digital previsto en la ley y el decreto reglamentario, que va a permitir la constitución de SAS por medios digitales a través de una plataforma tecnológica, y que puede significar un tremendo avance para el país. Es de esperar que su implementación influya también en el comportamiento de los operadores a la hora de determinar la estructura jurídica.

Para concluir, puede afirmarse que la SAS ha sido muy bien recibida en Uruguay por los actores institucionales, que dictaron las normas e implementaron los procedimientos necesarios para que los usuarios pudieran comenzar a utilizar esta forma jurídica. También puede decirse que la SAS se fue ganando su lugar en las preferencias de los particulares que tuvieron que elegir la forma jurídica para desarrollar emprendimientos económicos. Las perspectivas parecen ser promisorias para este novel tipo societario.

Referencias

[1] La nota transcribe extractos de una ponencia que presentamos con el mismo título, publicada en: El Derecho Comercial frente a las crisis globales, Semana Académica 2020, FCU, Montevideo, 2020.

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